La diputada Joanna Pérez, del Partido Demócratas y que representa a la Región del Biobío, presentó un proyecto de ley que propone restringir el uso de plataformas digitales para personas bajo arresto domiciliario, cuando estas puedan obtener beneficios económicos durante su reclusión. El proyecto responde a la polémica generada por el caso de Cathy Barriga, exalcaldesa de Maipú, quien se unió a la plataforma de contenido para adultos «Onfayer» mientras cumple su arresto domiciliario en el marco de investigaciones por posibles delitos de corrupción.

Un caso similar es el de Camila Polizzi, excandidata a alcaldesa de Concepción, quien también está bajo arresto domiciliario tras ser formalizada por fraude al Fisco en el conocido «Caso Lencería». Polizzi mantiene un perfil en la plataforma Arsmate, destinada a la venta de contenido digital. Ambas situaciones han impulsado la necesidad de regular estas actividades durante el cumplimiento de medidas cautelares.

El proyecto de ley presentado por Pérez busca modificar la Ley 18.216, que regula las penas sustitutivas de libertad. Actualmente, el arresto domiciliario es una alternativa a la privación total de libertad, pero la diputada advierte que «diversos son los casos en que esta medida se vulnera» a través de actividades lucrativas que no serían posibles en cárceles comunes.

La legisladora subraya que el arresto domiciliario se está distorsionando, ya que permite a los imputados realizar actividades remuneradas que no se podrían llevar a cabo en un recinto penitenciario. Esto, en su opinión, genera una desigualdad entre quienes cumplen penas en cárceles comunes y aquellos que gozan de beneficios penitenciarios.

Además, se argumenta que el uso de estas plataformas representa una «violación velada» al principio de igualdad establecido en la Constitución. Mientras que los condenados en prisión común tienen acceso limitado a la tecnología, los que cumplen arresto domiciliario pueden continuar sus actividades económicas y sociales, afectando el desarrollo de las investigaciones penales.

El proyecto busca añadir un nuevo inciso al artículo 7 de la Ley 18.216, estableciendo que se considerará quebrantada la medida de arresto domiciliario si el imputado se comunica o obtiene beneficios a través de redes sociales o medios tecnológicos. Sin embargo, el juez podría autorizar excepciones en casos calificados, siempre que no interfieran en la investigación o en el espíritu de la medida cautelar.

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