La Sala del Senado aprobó el proyecto de ley que permite a las personas ordenar los apellidos. La medida permite a los adolescentes de entre 14 y 18 años, tomar esta decisión en conjunto con los padres.

En palabras simples, si tu nombres Juan Pérez Muñoz, podrías pasar a llamarte Juan Muñoz Pérez, por ejemplo.

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Recordemos que el origen del proyecto están en las mociones presentadas por los senadores Iván Moreira, Adriana Muñoz y Claudio Alvarado. Tras su aprobación, quedó listo para su tercer trámite en la cámara de diputados.

Hay que indicar que desde La Moneda, le incorporaron 14 indicaciones a la iniciativa, las que debieron ser analizadas por una Comisión Especial. Esta se encarga de tramitar iniciativas que tienen que ver con la mujer y la equidad de género.

¿Quienes quedarían excluidos de poder ordenar los apellidos?

Tal como explica el proyecto, no podrán acceder a este cambio las personas procesadas, formalizadas o condenadas por delitos sexuales. Tampoco podrá usarse un apellido ascendiente, como el de los abuelos.

Tras la votación, los senadores calificaron lo ocurrido como un momento histórico. Esto porque la medida viene a romper el paradigma de que el apellido del hombres es más importante que el de la mujer. Con este proyecto y al poder ordenar los apellidos, primará el sentido común y que sean los hijos quienes puedan escoger libremente.

Las personas mayores de 18 años, tambien podrán ordenar los apellidos, a través de la vía administrativa en el Registro Civil. Sin embargo, es importante precisar que esta medida no se puede retrotraer, es decir, se puede realizar sólo una vez.

Finalmente, el cambio de apellido sólo afectará al solicitante y no los ascendentes, pero si afectará a los hijos menores de edad.