El presidente, Sebastián Piñera, anunció este domingo una multimillonaria inversión estatal destinada a favorecer la contratación de trabajadores por parte de empresas afectadas por la pandemia.
Según informó el Gobierno, el Ministerio de Hacienda invertirá más de $2 mil millones de dólares buscando subsidiar la recontratación de trabajadores suspendidos o la contratación de nuevos empleados.
En concreto, el Estado pagará hasta un 50% de la renta mensual bruta de los nuevos trabajadores por hasta 6 meses, con un tope mensual de $250 mil.
En caso de que los nuevos contratados sean mujeres, hombres entre los 18 y 23 años o personas en situación de discapacidad, el fisco cofinanciará hasta el 70% del sueldo bruto con un tope de $270 mil.
Mientras, en el caso de los recontratados, el Estado subsidiará hasta $160 mil mensuales del sueldo bruto.
Las dos líneas del subsidio al empleo:
LÍNEA REGRESA: Para trabajadoras y trabajadores que hayan estado con su contrato suspendido y que regresaron a trabajar.
REQUISITOS:
- Empresas con 20% o más de disminución de sus ventas o ingresos brutos acumulados desde abril a julio de 2020, en comparación al mismo periodo de 2019, según información del SII. No aplica para empresas que no cuenten con la información del 2019.
- Contratos con una remuneración mensual bruta igual o menor a 3 ingresos mínimos mensuales ($961.500), al momento de postular.
- Las empresas podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión laboral por acto de autoridad, que debió haber estado vigente, por al menos 1 día, entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020.
- También podrán postular a trabajadoras y trabajadores que hayan regresado de una suspensión por mutuo acuerdo y que esta se encuentre vigente al 28 de septiembre de 2020.
Importante: la plataforma le informará los trabajadores y trabajadoras que tiene suspendidos, pudiendo existir un desfase de siete días hábiles en la información.
REGLAS DEL BENEFICIO REGRESA:
- El pago será de 160.000 pesos mensuales por cada trabajador o trabajadora, con un límite máximo de 6 meses.
- Si la empresa postula en los primeros 15 días de un mes, el primer pago se realizará el día 30 del mismo mes.
- Si postula desde el día 16 en adelante, el primer pago será el día 15 del mes siguiente.
- En el caso de las postulaciones realizadas durante el mes de septiembre, el primer pago se realizará a más tardar dentro de los 30 días corridos desde la fecha de la verificación de los requisitos
- El segundo pago y sucesivos, se realizarán los días 30 de cada mes.
- Si el trabajador o trabajadora con suspensión de contrato regresa con reducción de jornada, el subsidio se reduce proporcionalmente a dicho ajuste.
- Los días de ausencia por licencia médica no están asociados a pago.
LÍNEA «CONTRATA»: Para nuevas contrataciones durante los primeros 30 días de vigencia del contrato.
REQUISITOS:
- Contratos con una remuneración mensual bruta menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($961.500).
- Empresas de la primera categoría (incluidas todas la del régimen Pyme, renta presunta, individuales y otras) o de pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos y suplementeros, entre otros).
- Quedan excluidos los organismos del Estado.
- Se puede postular entre el 29 de septiembre de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
REGLAS DEL BENEFICIO CONTRATA:
Grupo A:
Mujeres mayores de 18 años, personas con discapacidad, hombres desde 18 años hasta los 23 años.
Si la remuneración mensual bruta es menor a $450.000: el subsidio es igual al 60% de la remuneración mensual bruta.
Mayor o igual a $450.000 pero menor o igual a $961.500: el subsidio será igual a $270.000.
Grupo B:
Hombres desde los 24 años y sin discapacidad.
Si la remuneración mensual bruta es menor a $500.000: el subsidio es igual al 50% de la remuneración mensual bruta.
Mayor o igual a $500.000 pero menor o igual a $961.500: el subsidio será igual a $250.000.
Los empresarios pueden postular al subsidio al empleo y conocer más detalles a través de la web Subsidioalempleo.cl (PINCHA EL LINK).