El IFE Laboral es una de las nuevas ayudas económicas impulsadas por el Gobierno para combatir la crisis generada por la pandemia del coronavirus durante este segundo semestre del año. Este beneficio cobra aún mayor relevancia, ya que se está acercando el periodo de inicio de postulaciones.

Se trata de un subsidio para todas aquellas personas que tengan un nuevo contrato laborar a partir del 1 de agosto. Una de las grandes diferencias que tiene con el IFE Universal es que no es necesario estar inscrito en el Registro Social de Hogares.

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En cuanto a los montos, estos varían según el sueldo que recibe el postulante: Hombres mayores de 24 años recibirán un IFE Laboral que corresponde al 50% de su remuneración bruta mensual con un tope de 200 mil pesos.

Por otro lado, mujeres, hombres mayores de 55 años , jóvenes entre 18 y 24 años y personas con discapacidad certificada recibirán un monto que corresponde al 60% de su remuneración bruta mensual, con un tope de 250 mil pesos.

¿Cuáles son los principales requisitos?

En primer lugar, hay que que remarcar lo señalado por el ministro del Trabajo, Patricio Melero, en relación al contrato. Este puede ser por obra, faena o indefinido: «Basta que acredite una primera cotización en septiembre».

-De lo anterior se desprende el requisito primordial: tener una nueva relación de contrato de trabajo a partir del 1 de agosto.

-Tener una Remuneración Bruta Mensual de hasta $1.011.000 (equivalente a 3 Ingresos Mínimos Mensuales).

A continuación te detallamos las personas que NO pueden postular:

-Trabajadores informales o independientes.

-Personas que trabajen para el Estado de manera dependiente o independiente.

-Aquellos que estén con licencia médica, incluyendo pre y post-natal.

-Personas que estén ‘suspendidas’ por la Ley de Protección al Empleo.

¿Cuándo se puede postular al IFE Laboral?

A partir del primero de septiembre en la página del ‘Subsidio al Empleo’. Por otro lado, el plazo para postular vence el 30 de septiembre y los pagos comenzarán el primero de octubre.