Diputado José Miguel Ortiz.

Asegurando que el proyecto tuvo una importante mejora, especialmente en cuanto a control y buen manejo de recursos, el diputado DC José Miguel Ortíz, integrante de la comisión de Hacienda, destacó la aprobación del Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19; fondo que tendrá un máximo de 9,72 billones de pesos, esto es, alrededor de doce mil millones de dólares, para financiar un programa fiscal para el combate de la pandemia y sus efectos. “El proyecto de ley enviado por el Gobierno era malo y debió ser perfeccionado con varias indicaciones”, señaló el parlamentario.

Según lo señalado por Ortíz,  se aprobaron varias precisiones  para establecer ciertas condicionantes para las empresas estratégicas que sean beneficiadas con recursos del Fondo; y para prohibir la transferencia de recursos o el apoyo financiero a empresas condenadas por delitos de libre competencia o que sean controladas por sociedades con domicilio principal o que tengan filiales en paraísos fiscales.

“Este proyecto de ley le da el marco fiscal al Plan de Emergencia concordado el 15 de junio pasado. Superar la crisis social actual y en especial impulsar la compleja recuperación de la economía requerirá de un tremendo impulso fiscal y ese el destino del Fondo de estos US$ 12.000 millones. La experiencia comparada revela que la recuperación de la economía será más larga de lo esperado, los rebrotes del virus nos acompañaran y eso –insisto- requerirá más gasto fiscal y este proyecto de ley consolida un Fondo de US$ 12.000 millones para más gasto fiscal en la protección social y en la recuperación de la economía”.

“Habrá más de 2,0 millones de chilenos desempleados, la economía lleva un segundo trimestre de caída del -14% del PIB , -, tendremos miles de quiebras, hay sectores económicos que requieren apoyo fiscal directo como el Turismo, el sector gastronómico, la industria cultural y otros sectores productivos y probablemente se requerirá un Plan de Apoyo que superará este techo del Fondo Covid19. El país se podrá recuperar con más política fiscal, con más gasto y no privatizando empresas públicas ni rebajando impuestos como proponen algunos en esta Cámara. Recuperar la economía requerirá ayudas fiscales a las pequeñas empresas, hay sectores económicos especiales donde debe apoyarse a toda la cadena productiva y esto debe ser el foco para reactivar la economía y no las herramientas de rebajas tributarias que tanto le gusta a la derecha. Por eso, el manejo de este Fondo es estratégico”.

El parlamentario DC agregó que “los US$ 12.000 millones deben destinarse principalmente a ayudas sociales para la protección ante la pandemia y para más inversión pública adicional, subsidios a la contratación, apoyo para PYMES donde la compensación fiscal por rebajas tributarias es marginal; esto último no debiera exceder al 10% de los recursos del Fondo. Pero estos recursos deben manejarse presupuestariamente, con fiscalización de la Contraloría, con control del Congreso y con altos estándares de Transparencia como lo pidieron la Contraloría y la Comisión de Gasto Público en la Comisión de Hacienda.”

El Fondo considera una vigencia hasta el 30 de junio de 2022 (o hasta el agotamiento de los recursos) y permitirá financiar de manera exclusiva los objetivos explícitos sintetizados en el documento “Marco de Entendimiento para un Plan de Emergencia por la Protección de los Ingresos de las Familias y la Reactivación Económica y del Empleo”.

Los gastos se podrán ejecutar a través de programas contemplados en las Leyes de Presupuestos de los años 2020, 2021 y 2022 y/o en leyes específicas para esos programas y las acciones implementadas o financiadas con cargo al Fondo no se extenderán por más tiempo que la existencia del Fondo, salvo que se trate de proyectos de inversión identificados con anterioridad a la extinción de este.

Se remarca, asimismo, que los recursos que el Fisco deje de percibir como parte de las acciones de estímulo económico se contabilizarán como aportes del Fondo.

El proyecto también regula la administración del Fondo por parte del Ministro de Hacienda y define que solo se podrán financiar gastos que hubiesen sido incluidos en un plan de acción instruido por el Presidente de la República, el que deberá ser aprobado por ley.