El Tribunal de Los Ángeles, condenó a una pena de 14 años de cárcel a un sujeto que intentó matar a su ex conviviente el 03 abril de 2020.
Esa noche, cerca de las 23 horas, la víctima se encontraba en su domicilio junto a su padre, hijas y amigos. Al lugar llegó el individuo, quien con un cuchillo cocinero, ingresó a la vivienda y sin provocación, agredió en el cuello a la mujer.
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Junto con ello, la golpeó a patadas en la cabeza mientras sangraba en el suelo. Las personas que estaban en el inmueble intentaron quitarle el arma, pero el individuo los agredió con la misma arma, tras lo cual se dio a la fuga.
A consecuencia de las agresiones, la ex pareja del condenado “resultó con parálisis de brazo y pierna izquierda, herida cortante retroauricular izquierda y fractura de vértebras cervicales, lesiones de carácter graves, que suelen sanar salvo complicaciones en un plazo de 80 a 100 días con igual tiempo de incapacidad, según lo informado por el médico legista del Servicio Médico Legal de Los Ángeles”; en tanto, las otras dos víctimas resultaron con lesiones menos graves.
Fallo unánime contra el sujeto que intentó matar a su ex
Con todos estos antecedentes y en fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Anamaría Sauterel Jouannet (presidenta), Pamela Pino Almendras y Christian Osses Baeza (redactor) – aplicó, además, al individuo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo que dure la condena.
Asimismo, el sentenciado deberá cumplir dos penas de 300 días de presidio como autor de dos delitos consumados de lesiones menos graves.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
En la determinación del quantum de la pena a imponer al condenado por el delito frustrado de femicidio, el tribunal decidió que: “Se impondrá el solicitado por el Ministerio Público y la parte querellante, en consideración a la mayor extensión del mal causado. En efecto, se debe considerar la extrema violencia empleada por el acusado al atacar a la víctima con un cuchillo cocinero de grandes dimensiones, y que después de ello siguió dándole patadas en la cabeza”.
“(…) el delito se cometió en el domicilio de la víctima, el lugar donde las personas se sienten más seguras, hasta donde llegó el acusado de forma intespestiva. Que, además, se cometió en presencia de las hijas que tienen en común y del padre de la víctima”, concluyó.
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