En un caso que ha conmocionado a la comunidad, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles ha dictaminado una sentencia ejemplar contra E.R.R.T., quien ha sido encontrado culpable de una serie de abusos sexuales cometidos de manera cobarde y reiterada contra dos indefensas niñas.
Las víctimas, de tan solo 3 y 5 años de edad respectivamente, fueron sometidas a actos de connotación sexual que dejaron cicatrices imborrables en sus vidas. La identidad del sujeto ha sido resguardada por el tribunal, para seguridad de las pequeñas.
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El tribunal, compuesto por los magistrados Christian Osses Baeza (presidente), Ingrid Quezada Valdebenito y Alicia Ojeda Bravo (redactora), ha dejado en claro, más allá de toda duda razonable, que entre los años 2012 y enero de 2021, E.R.R.T. perpetró repetidamente actos de una naturaleza sexualmente explícita en contra las dos niñas. Si bien una de ellas era la hija de la conviviente, tenía 3 años al momento en que se iniciaron los ataques y se extendieron hasta que tenía 12 años, por lo que también era una imagen paterna en el hogar. Estos actos incluyeron tocamientos inapropiados que violaron la confianza y la integridad física de la pequeña.
Además, entre los años 2015 y 2018, este individuo despreciable infligió agresiones similares contra su propia hija, quien tenía apenas 5 años de edad cuando los abusos comenzaron.
Fallo por el ataque a las niñas
En el fallo, el tribunal impuso a E.R.R.T. además de los 15 años y un día de cárcel se dispusieron otras penas accesorias. Estas indican la prohibición absoluta de acercarse a las víctimas por el término de dos años, a sus domicilios, lugares de estudio o trabajo o cualquier lugar en que se encuentren o visiten; y la pérdida de la patria potestad o inhabilitado para obtenerla; la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa; la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad durante el tiempo de la condena, más la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
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