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Nueva Ley de Alcoholes Chile 2021.

Indignación y asombro ha causado la «letra chica» de la nueva Ley de Alcoholes que comenzó a regir el pasado 06 de agosto de 2021.

Esta norma, exige la presentación del carnet de identidad a todo aquel que quiera comprar alcohol. Pero eso no es todo, ya que los menores de edad, no podrán entrar a lugares que tengan patente de cabarés, cantinas, bares, tabernas y discotecas, aunque vengan acompañados de sus padres. Lamentablemente, dentro de ellas, están incluidas las «parrilladas familiares».

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Sobre el tema, Juan Andrés Aravena, secretario de la Agrupación Gastronómica de Los Ángeles, llamó a revisar y resolver esta medida. Lo anterior, porque impedirá que las familias puedan reunirse en torno a una parrillada o lugar que tenga una patente de este tipo, ya que son muchos locales los que consideran estos rubros, porque abren de día y de noche.

En conversación con El Contraste, sostuvo que «como agrupación gastronómica, creemos que el espíritu de la ley, iba en el camino correcto. Pero, nos encontramos con la letra chica, donde prohibe a las familias que se puedan reunir los fines de semana en una parrillada. O sea, le prohiben los días que tienen libres cientos y miles de familias, de poder reunirse en nuestros locales», indicó.

Junto con ello, añadió que «creemos que esa letra chica nos afecta profundamente en esta reactivación tan anhelada que está teniendo el rubro gastronómico. Es una ley que no nos ayuda en lo más mínimo».

«Pedimos que la puedan revisar y puedan resolver esto en el menor tiempo posible», concluyó.

¿Qué exigencias tiene la nueva Ley de Alcoholes 2021?

Para que no cometas errores en la nueva normativa y así no te expongas a multas, estas son las reglas:

  1. Se prohíbe el ingreso de menores de 18 años a cabarés, cantinas, bares y tabernas; así como también a discotecas, cuando en éstas se venda alcohol.
  2. Se obliga a exigir y exhibir siempre la cédula u otro documento de identidad para ingresar a lugares donde se pueda consumir alcohol. Los inspectores municipales podrán fiscalizar el cumplimiento de esta medida.
  3. Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras.
  4. Se prohíbe toda publicidad de alcohol en cualquier producto, publicación o actividad destinada exclusivamente a menores de edad.
  5. Se obliga a incluir una advertencia sobre las consecuencias del consumo nocivo de alcohol, y una leyenda que trate sobre los riegos y consecuencias de dicho consumo, especialmente para las poblaciones de riesgo tales como embarazadas, conductores y menores de edad.
  6. Se prohíbe toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público, con excepción de señalética que se encuentren en rutas asociadas a la actividad productiva de bebidas alcoholes, tales como viñas o bodegas.
  7. Se prohíbe toda forma de publicidad en actividades y artículos deportivos, con excepción de competencias internacionales.