Aprovechando su condición de pareja de la madre, un sujeto fue condenado a cárcel tras abusar y violar en reiteradas ocasiones a una menor en la comuna de Los Ángeles.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, condenó a H.M.A.M. a 17 años y seis meses de presidio efectivo, tras acreditarse su responsabilidad en delitos reiterados de agresión sexual contra una menor de edad, cometidos entre los años 2005 y 2007, en el contexto de violencia intrafamiliar.
De acuerdo con el fallo unánime del tribunal —compuesto por las magistradas Kary Videla Beltrán (presidente) Marisol Panes Viveros (redactor) y el magistrado Josué Martínez Pinto—, el acusado aprovechó su vínculo familiar y la convivencia con la menor, hija de su entonces pareja, para someterla a tocaciones y agresiones sexuales de forma reiterada, muchas veces mediante violencia física y amenazas.
Los hechos ocurrieron en un domicilio de la comuna de Los Ángeles, en fechas no precisadas entre 2005 y fines de octubre de 2007. En noviembre de ese año, y en el mismo lugar, el imputado volvió a actuar cuando se encontraba a cargo del cuidado de la niña, incurriendo nuevamente en conductas de carácter sexual no consentidas.
La causa e investigación en Los Ángeles
La investigación y el juicio permitieron demostrar que estas acciones provocaron graves consecuencias psicológicas en la víctima, que se fueron acumulando a lo largo del tiempo.
Además de la condena principal, el tribunal impuso una serie de penas accesorias, como la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos u oficios públicos. El retiro de sus derechos políticos y la prohibición de ejercer profesiones titulares mientras dure su condena. También se ordenó su sujeción a vigilancia por parte de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal.
De manera adicional, el condenado quedó inhabilitado de por vida para trabajar en ámbitos educacionales o en cualquier función que implique relación directa y habitual con menores de edad. Se estableció también la prohibición de acercarse a la víctima por un plazo inicial de dos años. Con posibilidad de prórroga si así lo exige la protección de su integridad.
Una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se procederá a la toma de muestras biológicas del condenado. Esto, con el fin de determinar su huella genética e incorporarla en el Registro Nacional de ADN de Condenados, conforme a la normativa vigente.
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