La Corte de Concepción rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de Esteban Ignacio Henríquez Riquelme y Ricardo Esteban Delgado Reinao, por lo que seguirán en prisión preventiva.
Los sujetos están imputados como coautores de dos homicidios frustrados, un incendio consumado y un incendio tentado. Estos ilícitos los habrían perpetrado en septiembre del año pasado junto a Ernesto Llaitul, en la comuna de Los Ángeles.
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –compuesta por los ministros César Panés Ramírez, Mauricio Silva Pizarro y la fiscal judicial María Francisca Durán Vergara– confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles. Esto, al compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, porque existen antecedentes suficientes para presumir su participación en los hechos.
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Según consigna el fallo, “(…) no se discute que varios sujetos, entre ellos los dos encausados, el día 7 de septiembre de 2021, se dirigieron desde diversos lugares, tanto de esta región como de la Novena Región, hasta el sector La Isla, del Salto del Laja, en la comuna de Los Ángeles». Ahí, «pernoctaron durante dos noches en una misma cabaña situada aproximadamente a unos 16 kilómetros del sitio del suceso”.
La resolución agrega que conforme a la ubicación arrojada por los teléfonos celulares, al día siguiente salieron de la cabaña hacia la ruta. Ahí «de acuerdo a la misma georreferenciación, según los antecedentes aportados en la audiencia, se posicionó a alguno de estos sujetos, entre ellos a Henríquez, en un sitio aledaño al Fundo Punta Arenas y precisamente en un horario cercano al momento en que se produjeron los hechos, luego de lo cual se perdió el posicionamiento, restableciéndose horas después y ya una vez que los sujetos habrían regresado a la cabaña”.
“Que, asimismo, este tribunal comparte lo que sobre la necesidad de cautela adujo la jueza de primer grado, puesto que teniendo en consideración la gravedad y el número plural de ilícitos, sus circunstancias de comisión, la sanción legal probable y el hecho de haber actuado los agentes en grupo o pandilla, resulta ser que es precisamente la prisión preventiva, la medida cautelar que idónea, razonable y suficientemente garantiza, hasta el momento, la seguridad de la sociedad en este particular caso”, concluye.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la resolución apelada de uno de septiembre de dos mil veintidós, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Esteban Ignacio Henríquez Riquelme y Ricardo Esteban Delgado Reinao”.
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