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José Eliecer Jerez Sánchez – el violador que cometió un brutal ataque a una joven de 19 años en Lebu – pasará los próximos 25 años en prisión. Lo anterior, en calidad de autor del delito consumado de violación y por el delito frustrado de homicidio, respectivamente.

Aquel martes 12 de noviembre de 2019, a las 07:20 horas, la víctima se encontraba esperando locomición colectiva en el paradero «La Estación», del sector Pehuén. Ahí, pasó Jerez en un Suzuki Aerio y le ofreció llevarla debido a la falta de transporte. La joven no vio nada malo en ello y abordó el auto en el asiento del copiloto.

En ese instante, comenzó la pesadilla ya que el sujeto cerró los pestillos y la trasladó 20 kilómetros hasta un sector rural. Tal como acreditó el Tribunal fue llevada en contra de su voluntad, «siendo bajada por el imputado, quien la arrastró al interior de un bosque y la agredió con golpes de puño y mano en la cabeza, rostro y distintas partes del cuerpo y valiéndose de esta violencia la accedió carnalmente vía vaginal, bucal y anal».

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«Al terminar el imputado su acción, la víctima se vistió, momento en que el imputado le dice que ella era la víctima número 26 y que no podía quedar viva», sostiene el fallo.

En ese instante, «la tomó con su antebrazo y comenzó a ahorcarla, con ánimo homicida, perdiendo la víctima el conocimiento, despertando luego de un rato sin su ropa, notando que también le faltaban diversas especies como una mochila, teléfono celular, identificaciones, entre otras. Luego de esto la víctima caminó alrededor de 6 kilómetros siendo auxiliada por personas”.

Violador de Lebu causó graves lesiones a la joven

“A consecuencias de las agresiones antes descritas, la víctima resultó con equimosis en rama mandibular izquierda que continúa hasta la región cervical, además en la boca con equimosis en borde lateral izquierdo de lengua, cuello con equimosis de aproximadamente 30 centímetros, que abarca zona mandibular, más tórax superior izquierdo con dolor a la palpación muscular y línea media posterior. Tórax con equimosis en parte superior izquierda anterior, mama izquierda y derecha con erosiones superficiales de aproximadamente 5 milímetros de ancho”, añade.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

En la resolución, el tribunal decretó la absolución de Jerez Sánchez del delito de hurto simple, por estimar que en la sustracción de las especie de la víctima no existió un ánimo de lucro, sino la intención de ocultar las pruebas de los delitos cometidos; es decir, la violación y el homicidio frustrado.

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