taxista violador

El tribunal de Juicio Oral de Iquique condenó a un sujeto que se desempeñaba como taxista a la pena de 15 años de cárcel. Esto, porque violó a sus hijastras de 12 y 13 años de edad. Sin embargo, según se ha indicado, sujeto abusó sexualmente de varias niñas desde el año 2010 en adelante.

Aprovechándose de su trabajo, el sujeto pasaba muchos momentos solo en casa con la menor. Por lo anterior, hacía los ataques y luego amenazaba a sus víctimas diciéndoles que no podían contar lo sucedido ya que nadie les creería y se quedarían solas.

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Fue así que el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable los hechos denunciados.

En horas y días difíciles de precisar, entre 2015 y 2017, mientras la víctima de 12 años se encontraba en su domicilio el sector El Boro de Alto Hospicio. Ahí mientras ella estaba recostada en su habitación, llegó hasta el lugar su padrastro, el acusado J.E.D.D. El sujeto, comenzó a realizarle tocamientos de significación sexual.

Posteriormente, mientras el grupo familiar se había cambiado de domicilio a vivir con la abuela materna de la niña continuó. Ahí la víctima nuevamente estaba en su habitación, momento en que el sujeto tuvo «horas libres», llegó hasta el lugar y la violó y amenazó para que no contara lo sucedido. Esto lo repitió en varias ocasiones.

Segundo ataque del taxista

Una segunda menor fue atacada por este taxista. Lo anterior, según el tribunal, ocurrió en horas y días difíciles de precisar durante 2017. Ahí, la niña de 13 años estaba durmiendo cuando el hombre ingresó al dormitorio. Una vez ahí, procedió en distintas oportunidades a realizarse tocaciones de significación sexual.

La sentencia

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a J.E.D.D. a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio. Esto en calidad de autor del delito reiterado de violación de menor de 14 años; y a la pena única de 5 años y un día de presidio efectivo, como autor del delito reiterado de abuso sexual.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Juan Pozo Araya (presidente), Juan Ibacache Cifuentes y Rodrigo Villar Bustamante (redactor)– aplicó, además, a J.E.D.D. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos. Además, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas.

Asimismo, el condenado deberá cumplir las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de las penas principales y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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