Este viernes 28 de julio comenzaron a realizarse los pagos del Ingreso Mínimo Garantizado. Se trata de un beneficio que busca complementar el sueldo de trabajadores y trabajadoras.
El principal requisito para optar al depósito de este beneficio es ser un trabajador dependiente con jornada ordinaria, es decir, mínimo de 30 horas a la semana.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR
- Soy jubilado: ¿Cómo saber si dejé dineros en mi AFC sin cobrar?
- «Te amo» y «Traidora cu…»: gritos del exterior sorprenden a miembros de Gran Hermano
- ¿Trabajar para el Estado? Te enseñamos como postular a las cientos de ofertas laborales
Para los pagos, se hace un cálculo de la remuneración bruta percibida durante el tercer mes anterior al pago del beneficio. Este monto proporcional puede llegar a los 66.893 pesos, para así llegar a los 379.793 pesos liquidos.
A continuación te detallamos los otros requisitos:
Debes ser un trabajador dependiente.
– Tu contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
– Tu sueldo bruto debe ser menor a $497.272 pesos.
– Tu contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
– Tu calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).
Si postulas dentro de este mes y calificas para obtener el subsidio, recibirás el primer pago en los 5 últimos días hábiles del mes siguiente.
En ese sentido, el subsidio se paga en la cuenta bancaria que indiques o de forma presencial en las sucursales del BancoEstado y ServiEstado (No incluye las Cajas Vecinas).
Para postular al Ingreso Mínimo Garantizado debes ingresar tu Rut, fecha de nacimiento y número de documento. Para hacer el trámite PINCHA AQUÍ. Ahí también podrás consultar el estado de tu pago si ya eres beneficiario.
Síguenos en nuestras redes sociales: Facebook, Instagram, Twitter o Threads