Condenan a entrenador de fútbol femenino por abuso, violación y pornografía infantil
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique condenó a J.A.V.N. a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo.
Lo anterior, en calidad de autor del delito consumado y reiterado de violación impropia de menor de 14 años. Ilícito perpetrado en mayo de 2019, en la comuna de Alto Hospicio.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR
- Imputado por el homicidio en villa Montreal queda en prisión preventiva
- Violó a su nieta desde los 6 años en Cabrero: fue condenado a 12 años de cárcel
- Hermano de Cristián Sánchez muere a causa de un agresivo cáncer
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable los siguientes hechos:
El primer semestre de 2019, el sujeto se aprovechó de su calidad de entrenador de un club de fútbol femenino de la comuna de Alto Hospicio. De esta manera, solicitó a la víctima, una menor de 13 años de edad, que le enviará vía WhatsApp, videos de connotación sexual.
Asimismo, durante dicho periodo y en fechas imposibles de precisar, el sujeto llevó a la menor en el automóvil marca Honda, de color rojo, PPU FF.KS-51, hasta un mirador. Ahí, procedió a realizarse tocamientos, para luego violarla. Delito que reiteró en un motel. Ambos accesos carnales, no autorizados por la niña, fueron grabados en el teléfono celular del condenado. Posterior a ello, fueron enviados a otra menor de 14 años de edad.
Asimismo, el tribunal dio por establecido un nuevo ataque ocurrido el 4 de mayo de 2019. Ahí, el depravado sexual estaba con el encargo de trasladar a una jugadora del club de 12 años de edad a un entrenamiento. Una vez que recogió a la menor, la llevó a un sitio eriazo. En ese lugar, se bajó por un supuesto desperfecto del automóvil. Sin embargo, procedió a abrir la puerta del copiloto donde estaba sentada la niña. Ahí, le efectuó tocaciones, para luego ponerle un cuchillo en la espalda y proceder a violarla. Tras el ataque, le dijo que no le contará nada a su madre o, de lo contrario, mataría a su progenitora.
Finalmente, en horas de la noche de ese mismo día, 4 de mayo de 2019, en el marco de una fiesta del club de fútbol, realizada en la cancha de Alto Rendimiento de la comuna de Alto Hospicio, J.A.V.N. llevó a la menor hasta los camarines del complejo deportivo, donde la volvió a violar.
La sentencia al entrenador de fútbol femenino
En fallo unánime, el tribunal aplicó, además, a J.A.V.N. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos. Junto con ello, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, el sentenciado deberá cumplir 5 años y un día de presidio, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Lo anterior, como autor de un segundo delito consumado y reiterado de violación impropia, perpetrado en el primer semestre de 2019, en Alto Hospicio.
En la causa, además, el tribunal condenó a J.A.V.N. a la pena de 3 años y un día de presidio, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de abuso sexual, cometido en el primer semestre de 2019, en la comuna de Alto Hospicio.
Finalmente, J.A.V.N. deberá purgar dos penas de 541 días de presidio, más accesorias legales, por producción de material pornográfico infantil y exhibición de material pornográfico infantil.
En la especie, por tratarse de delitos contemplados en el párrafo sexto del Libro II del Título VII del Código Penal. Esto quiere decir, cometidos en contra de menores de edad, se impuso al condenado la pena accesoria de interdicción del derecho a ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; más la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.