El Ingreso Mínimo Garantizado, es uno de los tantos beneficios del estado, en este caso para los trabajadores. El objetivo es que los beneficiarios queden con un sueldo líquido de $340.817.
Sin embargo, según se ha informado los requisitos fueron modificados tras el reajuste presentado por el Ejecutivo a fines de mayo.
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Cabe indicar que la medida está siendo analizada por el Senado, pero igualmente el Ministerio de Desarrollo Social, informó un importante cambio en la postulación.
Se trata de una nueva forma de acceder a los pagos que entró en vigencia en el mes de mayo e involucra directamente a los empleadores de los trabajadores. Esto, de acuerdo a la ley 21.218.
¿Cuál es el cambio en la postulación al Ingreso Mínimo Garantizado?
De acuerdo a los informado por el Ministerio de Desarrollo Social, los trabajadores pueden ser beneficiarios del subsidio si cumplen los siguientes requisitos:
- Ser trabajador dependiente.
- Tener un contrato acogido al Código del Trabajo.
- Junto con ello, tener un sueldo bruto mensual menor a $452.477.
- Tener una jornada ordinaria superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable de la población en el Registro Social de Hogares.
De esta manera, ahora será el empleador quien postule al trabajador.
¿Cómo funcionará esto?
Las empresas tendrán los primeros 15 días de cada mes para realizar el trámite del Ingreso Mínimo Garantizado. Para ello, deberán ingresar a www.ingresominimo.cl, y hacer clic en la «Sección empleadores» y luego en «Postular».
Esta medida aplica para cualquier empleador, incluso quienes tienen 1 solo tabajador.
En caso que el empleador no realice la postulación en los primeros 15 días del mes, se deberá avisar a los sindicatos o trabajadores para que ellos la realicen.
Así, los trabajadores podrán postular a contar del 16 de cada mes en adelante.
«De no cumplir con la postulación y el aviso, el empleador puede ser sancionado con multas de van desde las 5 a 10 UTM ($283 mil a $567 mil) en el caso de las micro y pequeñas empresas; de 20 a 40 UTM ($1,1 millones a $2,2 millones) en el caso de las mediana empresas; y 30 a 60 UTM ($1,7 millones a $3,4 millones) para las grandes empresas», señala la norma.
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