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Bono al Trabajo de la Mujer 2021.

Las acreencias bancarias son el dinero que no ha tenido movimiento en un lapso de dos años, de modo que quedaron olvidados en la cuenta de sus dueños.

Para informar la existencia de las acreencias, durante marzo los bancos publican en el Diario Oficial las nóminas de quienes tienen dinero, montos superiores a 5 UF, a su haber y aún pueden cobrarlo.

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Posteriormente, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) consolida dicha información para ponerla a disposición de los interesados en una plataforma única de consulta web a través de nombre y apellido.

Y justamente, en el mes considerado como el de mayores gastos para las familias chilenas, que la llegada de un “dinerito” extra, que no estaba considerado, no viene nada de mal.

Es así como que, a partir del pasado 2 de marzo, comenzó el proceso de publicación de Acreencias Bancarias. Y los primeros bancos que dieron a conocer la lista de «dinero olvidado» en el Diario Oficial fueron BancoEstado y Banco Security.

¿Cómo revisar si tengo acreencias bancarias?

Con simples pasos, se puede revisar en el buscador de acreencias bancarias disponibles en el buscador de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Haga clic en «buscar acreencias».

Una vez en el sitio web de la CMF, completa el nombre de la persona o empresa

Seleccione la casilla «no soy un robot», y haga clic en «buscar acreencias».

Cabe recordar que, desde que una acreencia es informada públicamente, es decir, cuando aparece en el Diario Oficial, su titular tiene como plazo máximo tres años (en rigor, desde el 31 de enero del año en que el banco informó la acreencia) para reclamar y recibir el dinero.

¿Cómo se cobran las acreencias bancarias?

El titular puede cobrar la acreencia con su cédula de identidad en el banco que informó tenerla, o bien, puede acudir a asesoramiento jurídico.

¿Qué pasa si no cobro una acreencia?

Existe un plazo límite de tres años contados desde el 31 de enero del año en que se informa públicamente la existencia de la acreencia. Si el titular no cobra el dinero en ese plazo, éste pasará íntegramente a las arcas del Fisco.

¿Todos los dineros tienen fecha de caducidad?

Hay fondos que siempre siguen a nombre de sus dueños y no pasan al Estado a pesar de estar inmovilizados. Se trata de los depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusulas de renovación automáticas.

Éstas incluyen las cuentas de ahorro, las boletas o depósitos de garantía, salvo cuando se les haya fijado una fecha de vencimiento, las sumas recibidas por cheques viajeros, y los casos en que haya retención, prensa o embargo sobre los dineros.