El Subsidio al Nuevo Empleo es un beneficio impulsado por el ministerio de Hacienda para ayudar económicamente a todas las personas que fueron contratadas recientemente.
Este se entrega directamente a los trabajadores y trabajadoras que tengan un nuevo contrato de trabajo. Sin embargo, para que esta ayuda se haga efectiva la remuneración mensual bruta no debe exceder los 979.500 pesos (esto equivale a tres ingresos mínimos mensuales).
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De esta forma, si el contrato de la persona inicio entre el 1 de mayo y el 30 de junio, debe postular en junio. Siguiendo dicha línea, y de acuerdo a la página oficial de Hacienda, las personas recibirían el pago el 30 de julio y puede pedirse hasta en seis ocasiones.
¿Cuál es el monto del Subsidio al Nuevo Empleo?
Trabajadores con una Remuneración Mensual Bruta (RMB) igual o mayor a $326.500 se dividirán en dos grupos:
-Hombres mayores de 24 años recibirán 50 mil pesos mensuales.
-Mujeres, Jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años, Personas en situación de discapacidad debidamente certificada y Beneficiarios de pensión de invalidez recibirán 70 mil pesos mensuales hasta por seis meses.
Trabajadores con Remuneración Mensual Bruta menor a 326.500 pesos recibirán:
-Un monto equivalente al 15% de su RMB por hasta 6 meses en caso de hombres mayores de 24 años.
-Un monto equivalente al 20% de su RMB por hasta 6 meses en caso de mujeres, jóvenes mayores de 18 años y menores de 24 años, personas con discapacidad debidamente certificada y beneficiarios/as de pensión de invalidez.
En todos los casos anteriormente mencionada, el dinero será depositado a la cuenta bancaria definida en la postulación. De esta forma, podrías recibir hasta 420 mil pesos en los próximos seis meses.
¿Cuáles son los requisitos?
-Tener un nuevo contrato de trabajo a partir del 01 de mayo de 2021.
-Se deben tener al menos declaradas las cotizaciones desde el inicio del contrato.
Cabe señalar que el SENCE revisará las cotizaciones previsionales de los 3 meses antes del inicio del contrato para ver que no tenga cotizaciones con el mismo empleador por el cual usted solicita este beneficio.
Estas personas no pueden acceder al beneficio:
-Quienes se encuentren trabajando de manera informal o independiente.
-Personas que presten servicios al Estado, de manera dependiente e independiente.
-Quienes estén suspendidas por la Ley de Protección del Empleo (incluye Ley de Crianza Protegida).
– Estén gozando de licencia médica (incluye pre y postnatal).
Para postular debes ingresar a la página dispuesta por el Ministerio de Hacienda con tu Clave Única: PINCHA AQUÍ.
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