Siguen los escándalos al interior del Departamento de Obras de la Municipalidad de Los Ángeles. En esta ocasión, nuevamente se ve involucrada la jefa suplente del área Vianet Quijón, que fue nombrada tras la elección de Jaime Veloso – titular de la DOM – como alcalde de la comuna de Tucapel.
Recordemos que la directora ya había sido sancionada en enero pasado por el alcalde Esteban Krause con el 10% de su sueldo y una nota de demérito de dos puntos en su hoja de vida, por el conocido «caso firmas».
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Sin embargo, en esta oportunidad, la Contraloría General de la República, instruyó un sumario administrativo en su contra y contra todos quienes resulten responsables por vulnerar las normas y autorizar- según confirmó el propio municipio al organismo – al menos 28 expedientes patrocinados a su ex marido, el arquitecto Roberto Cerda Franco, en vez de abstenerse por haber un posible conflicto de interés.
Los hechos se hicieron públicos través del oficio N W017026/2019, en donde se indica que la Municipalidad de Los Ángeles deberá iniciar un proceso de invalidación del acto que otorgó regularización a un proceso del Liceo Alemán del Verbo divino y que deberá investigar disciplinariamente las actuaciones irregulares.
Esto, tras una denuncia anónima en donde se acusaron supuestas irregularidades de la Directora de Obras Municipales suplente en la aprobación de un certificado de regularización realizado al Liceo Alemán del Verbo Divino, ubicado en calle Lynch.
En dichó trámite, se acusó que «el inmueble se encontraba tramitando un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano, EISTU – ingresado por el titular del proyecto en la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, por tratarse de un establecimiento educacional con una capacidad que sobrepasa los 720 alumnos».
Sin embargo, «dicho estudio no fue exigido por la DOM al otorgar el referido certificado de regularización».
Además, se indica que «existiría un conflicto de interés en la actuación de la aludida funcionaria, la que fue cónyuge del arquitecto patrocinante del proyecto, señor Roberto Cerda Franco, con quien tendría dos hijos en común».
Por último, el interesado «denuncia que, de acuerdo a la declaración de intereses disponible en el sitio web de la Municipalidad de Los Ángeles, la cuestionada directora de Obras Municipales mantiene una sociedad vigente con el señor Roberto Cerda Franco».
LA RESPUESTA DE LA MUNICIPALIDAD A LA CONTRALORÍA
Con dichos antecedentes, el organismo contralor, requirió la información a la Municipalidad de Los Ángeles, donde se expuso que el certificado de regularización Nº434/2019 fue otorgado cumpliendo la normativa vigente.
Según detalla el oficio, la municipalidad expuso que respecto de la relación legal que mantiene la DOM con el arquitecto patrocinante, señor Roberto Cerda Franco, de acuerdo a lo informado por la encargada de esa unidad de obras, «efectivamente el referido profesional es el padre de sus dos hijos, precisando que el matrimonio entre ambos fue anulado mediante sentencia que detalla, por lo cual no tiene impedimento para firmar los antecedentes ingresados por el sigularizado profesional a contar del mes de octubre de 2003″.
Junto con ello, se explicó que «en cuanto a la existencia de sociedades detalladas en la declaración de intereses disponibles en el sitio web de la Municipalidad de Los Ángeles, el ente edilicio señala que de acuerdo a lo informado por la DOM, éstas se encuentran sin movimiento desde el año 2004 y que el señor Cerda Franco estaría gestionando el cierre y modificación de las mismas».
En relación al Liceo Alemán del Verbo Divino, la corporación edilicia, desestimó la acusación, asegurando que la causa ya había sido resuelta el 24 de agosto de 2017 y que en relación a las calles O’Higgins, San Martín y Condell, se encuentran afectas a expropiación por ensanche de las mencionadas vías, sin que tales afectaciones incidan en la solicitud de regularización, dado que las edificaciones que se solicitó regularizar no abarcan superficies cuya declaratoria se encuentra plasmada en el Plano Regulador, sin que adviertan irregularidades en la DOM.
Finalmente, la municipalidad informa que «en lo que concierne a la intervención de la DOM (s), señora Vianet Quijón Torres, en asuntos en que tenía interés el señor Roberto Cerda Franco, es del caso apuntar que, del análisis de las carpetas que obran en esa unidad, aprobados en el periodo comprendido entre los meses de enero de 2017 y octubre de 2019… se acreditó que la citada funcionaria autorizó al menos 28 expedientes patrocinados por el señor Cerda Franco, dentro de los cuales figura el permiso y recepción simultánea Nº434/2019 (del Liceo Alemán), que motiva la presente denuncia».
LA CONTRALORÍA INSTRUYE SUMARIO
Frente a los diversos antecedentes expuestos, la Contraloría General de la República, expuso que «es menester recordar que el articulo 52, inciso primero, de la ley Nº18.575, dispone que sus autoridades y funcionarios deberán dar estructo cumplimiento al principio de probidad administrativa, precisando el numeral 6 del artículo 62 de ese texto legal, que contraviene especialmente dicho principio el hecho de intervenir, en razón de las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que lo tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, como asimismo, participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad».
«Agrega el inciso tercero del mencionado numeral, que las autoridades y funcionarios deberán abstenerse de intervenir en tales asuntos, mandato que, en similares términos, establece el artículo 12 de la ley 19.880», indica el organismo Contralor.
Junto con ello, el texto expresa que «la jurisprudencia de este Ente de Control contenida, entre otros, en el dictamen Nº45.207 de 2014, ha manifestado que el señalado principio tiene por finalidad impedir que las personas que desempeñan sus cargos públicos puedan verse afectadas por un conflicto de interés en su ejercicio, aun cuando aquél sea solo potencial, para lo cual están obligadas a cumplir con el deber de abstención que instruye la ley».
«En consecuencia, la referida servidora, en su calidad de directora de obras suplente, al no restarse de aprobar los expedientes detallados en el anexo Nº1, ingresados por el individualizado arquitecto patrocinante, intervino, en razón de sus funciones, en asuntos en que se concurrían circunstancias que le restaban imparcialidad, vulnerando las normas precitadas, razón por la cual corresponde que la Municipalidad de Los Ángeles ordene la instrucción de un proceso disciplinario, con el objeto de establecer la responsabilidad administrativa de los funcionarios que resulten involucrados en los hechos expuestos, lo que deberá informar a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de la Contraloría General en un plazo que no exceda a los 30 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio».