Este jueves primero de abril entró en vigencia el artículo transitorio de ley que permite a enfermos terminales acceder a una pensión anticipada por un periodo de 12 meses.

Cabe señalar que la normativa entrará en vigor el 1 de julio. En esta etapa transitoria podrán acceder quienes estén haciendo uso de las Garantía Explícitas de Salud por cuidados paliativos y otras enfermedades contempladas por la legislación.

Ante la AFP correspondiente, el solicitante deberá presentar un certificado emitido por el médico jefe de Cuidados Paliativos o de la división donde se esté atendiendo el paciente. Además le solicitarán datos personales como rut, correo electrónico, previsión de salud y la cuenta bancaria donde desea recibir el pago.

El plazo para responder la solicitud por parte de la AFP son cinco días hábiles desde que se realizó el trámite. Revisa el ‘Paso A Paso’ a continuación:

Estos son los diagnósticos que están considerados para acceder al beneficio:

  • Glioblastoma cerebral en progresión con radio y quimioterapia;
  • Meduloblastoma cerebral en progresión;
  • Meningitis carcinomatosa de cualquier cáncer;
  • Cáncer de pulmón con metástasis a distancia múltiple;
  • Cáncer de esófago en progresión;
  • Cáncer gástrico metastásico a distancia en al menos dos sitios (ejemplo hígado y/o pulmón);
  • Cáncer gástrico con metástasis peritoneales;
  • Cáncer gástrico con metástasis hepáticas múltiples;
  • Cáncer hepatobiliar con metástasis peritoneales;
  • Cáncer hepatobiliar con metástasis hepáticas múltiples;
  • Cáncer de intestino delgado con metástasis peritoneales;
  • Cáncer de páncreas y vesícula biliar metastásico;
  • Cáncer colo-rectal metastásico en progresión;
  • Hepatocarcinoma avanzado sin opción de trasplante;
  • Cáncer testicular metastásico en progresión a quimioterapia de segunda línea;
  • Sarcoma partes blandas metastásico a distancia;
  • Osteosarcoma metastásico en progresión;
  • Melanoma metastásico en progresión;
  • Cualquier cáncer metastásico en ECOG 4 y sin posibilidad de tratamiento sistémico;
  • Cualquier cáncer con metástasis cerebral múltiple (más de 3);
  • Cualquier cáncer metastásico a distancia que no puede hacerse tratamiento antineoplásico, y
  • Cáncer origen desconocido metastásico.