La Corte Suprema confirmó la pena de 13 años de presidio contra un hombre en calidad de autor de dos delitos de robo con violencia consumados en Los Ángeles.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal descartó infracción al debido proceso en el procedimiento que permitió la detención de Hormazábal Vidal en flagrancia.

En el documento también se detalla la dinámica de los hechos. «Los funcionarios policiales se trasladaron a un servicentro Copec, atendido que se denunció que unos sujetos habían asaltado a dos conductores de camiones, entregando la descripción de sus vestimentas, que consistían en tener en sus rostros pasamontañas y vestir ropa oscura», indicaron.

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Los conductores también indicaron a la patrulla el lugar por donde los ladrones habían arrancado. Así fue como los encontraron corriendo por el sector. El imputado estaba agachado, con un pasamontañas en su rostro y una mochila a su lado.

Pese a que la defensa cuestionó el actuar de carabineros en la detención del imputado, recalcando que no existía una situación de flagrancia, el fallo determinó lo contrario.

«Para la Sala Penal: “(…) las alegaciones sobre las supuestas irregulares gestiones policiales difieren de la realidad asentada en el fallo, pues surge con claridad que testigos a través de un llamado a Carabineros alertan respecto a lo sucedido», señalaron.

Por tanto, se resuelve que: “SE RECHAZA el recurso de nulidad promovido por la defensa del condenado Eduardo José Hormazábal Vidal, en contra de la sentencia de tres de enero de dos mil veintitrés» cerraron.

De esta forma, se confirmó la pena única de 13 años por este delito y otro más cometido.

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