El Tribunal Oral en lo Penal de Linares declaró culpables a Gerald Repetto y Rubén Soto, por el delito de violación con homicidio en contra de un menor de 12 años. Ocurrido el 29 de abril de 2021, en Longaví.
El impactante crimen quedo al descubierto, cuando el cuerpo de la víctima fue encontrado al día siguiente del crimen, en el río Liguay, a 800 metros de distancia de su casa.
TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR
- Cadena perpetua para hombre que mató a su expolola y su madre en la comuna de Maipú
- Condenan a sicólogo que daba medicamentos a joven para abusar de ella
- Mega operativo de la PDI en Los Ángeles: 12 quedaron en prisión preventiva
El tribunal acogió los argumentos de la Fiscalía, en cuanto a que los imputados, de 27 y 18 años de edad, que confesaron el crimen perpetrado en Longaví. Actuaron con la agravante de alevosía y abuso de superioridad, contempladas en el Artículo 12, Nº1 y Nº6 del Código Penal.
Lo hechos
La fiscal a cargo de la investigación del caso, Gloria Caamaño, calificó los delitos cometidos como «brutales y escabrosos».
En la respectiva audiencia se conoció que ambos esperaron al menor, que salía a pasear por el mismo lugar a sus perros.
Tras amenazarlo con un cuchillo, abusaron de él, para luego darle muerte y, finalmente, abandonar su cuerpo en un canal de regadío.
Según los relatado en la audiencia de formalización, el menor falleció «a consecuencia de una anemia aguda, secundaria a traumatismo penetrante cervical y torácico, provocada con arma blanca. Todas las acciones ejecutadas por los imputados sobre la víctima le provocaron gran dolor».
Hechos que fueron constatados por el tribunal, que confirmó la acusación de culpabilidad de los sujetos, siendo declarados culpables por el crimen del menor en Longaví.
La Fiscalía pidió la pena de presidio perpetuo calificado para Gerald Repetto y Rubén Soto. Pena máxima que contempla el Código Penal.
La fundamentación de la solicitud fue que «estimamos que aquí, además de que el tribunal consideró circunstancias agravantes ya en su veredicto, no existen circunstancias atenuantes que beneficien a estos condenados».
De validarse el argumento del Ministerio Público, la confesión de los culpables no servirá para configurar la atenuante de colaboración con la investigación.
Todo esto llevó a la condena de los individuos, por lo que ahora solo falta conocer la lectura de sentencia de los acusados, la que fue fijada para el lunes 2 de mayo, a las 15:30 horas, en el mismo tribunal.
Síguenos en nuestras redes sociales: Facebook, Instagram, Twitter