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La próxima semana se discutirá el retiro del 100% de las AFP

Este martes finalizó el plazo para votar por las Iniciativas Populares de Norma para la Convención Constitucional. «Con mi plata no», fue la iniciativa más votada.

Logró más de 60 mil preferencias, y las iniciativas que necesitaban al menos 15.000 firmas para ser consideradas.

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¿Pero, de qué se trata la iniciativa popular que será discutida en la Convención?

El fin principal de «Con mi plata no» es resguardar la propiedad privada de los fondos previsionales. Actualmente acumulados en las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP).

En la  Plataforma Digital de Participación Popular de la Convención, se detalla que la iniciativa busca que «la Nueva Constitución debe garantizar que nuestros fondos son y seguirán siendo de nuestra propiedad».

Además, los autores de la propuesta señalan que, no reconocer este derecho, es negar el esfuerzo de millones de trabajadores y trabajadoras. «Y no reconocer que estos fondos sean heredables implica desconocer que nuestro trabajo no es sólo para nosotros mismos, sino que también para proteger a nuestras familias».

En tanto, con relación a las pensiones baja, se busca que el Estado se haga cargo de quienes por diferentes razones cotizaron menos.

Haciéndolo con una Pensión Básica Universal, financiada con impuestos generales, pero con los fondos privados que los trabajadores tienen en su cuentas individuales.

Lo que se debería considerar

Para los autores de esta iniciativa, la Nueva Constitución debería considerar cuatro puntos importantes.

Que se garantice la propiedad de fondos actuales y futuros, y que estos sean heredables. Que se consagre la libertad de elegir entre instituciones públicas y/o privadas.

Así como también, que el Estado vele porque los hombres y mujeres reciban igual pensión a igual monto ahorrado.

Y finalmente, que el Estado garantice una Pensión Básica Universal , financiada a través de impuestos generales.

Propuesta de articulado

Del mismo modo, los precursores «Con mi plata no», entregaron una propuesta de articulado, si es que esta norma logra los votos favorables de 2/3 del pleno, para que quede reflejado en la Constitución.

En la propuesta se destaca que «Las cuentas de capitalización individual existentes a la fecha de entrada en vigencia de esta Constitución, abiertas en conformidad al Decreto Ley N° 3.500, de 1981, permanecerán íntegramente vigentes hasta la utilización total de los fondos por el respectivo titular, cotizante, pensionado o heredero».

«En ningún caso la ley podrá expropiar, nacionalizar ni reducir los fondos de estas cuentas o afectarlas a un destino o titular distinto de la pensión del cotizante o de sus herederos», señala el artículo.

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