1970. Elecciones presidenciales, Salvador Allende obtiene la primera mayoría relativa, sobre Jorge Alessandri. El Congreso Pleno, debe resolver. La Democracia Cristiana, anuncia su apoyo a Allende, “previa elaboración de un Estatuto de Garantías”, que da origen a una Reforma Constitucional, cuyoobjetivo principal era el resguardo de las libertades esenciales y la exclusiva responsabilidad, en sus escuelas institucionales, de ser formadoras de las FFAA y de Orden.
A fines de ese mismo año, 1970, la Cámara de Diputados despacha esta nueva Constitución y el Senado, a partir del 2 de Enero de 1971, debate y aprueba los fundamentos esenciales que dan origen a la libertad de la persona en la sociedad chilena. Se publica como Ley de la República, el 9 de Enero de 1971.
Un año antes, 23 de Enero de 1970, se había creado el Tribunal Constitucional y en la Ley Orgánica de las FFAA, se disponía la responsabilidad de “garantizar el orden y la institucionalidad de la República”.
“La prensa y personeros de gobierno allendista, responde a la Corte Suprema con el trato de “viejos de mierda” y al Congreso Nacional el trato de, “sediciosos… que desprestigian al país… ignoran que el Estado de Derecho, solo se realice en la medida que se superen las desigualdades de una sociedad capitalista”.
Solo dos años después, julio de 1973, el Poder Judicial, comunica la imposibilidad de seguir cumpliendo con sus responsabilidades constitucionales de otorgar justicia y el 22 de agosto, el Poder Legislativo, en cumplimiento de sus obligaciones fiscalizadora, aprueba y comunica al Presidente de la República, su actuar inconstitucional en las mismas materias aprobada dos años antes, en la referida Reforma Constitucional de 1971. La prensa y personeros de gobierno allendista, responde a la Corte Suprema con el trato de “viejos de mierda” y al Congreso Nacional el trato de, “sediciosos… que desprestigian al país… ignoran que el Estado de Derecho, solo se realice en la medida que se superen las desigualdades de una sociedad capitalista”.
La Reforma Constitucional, que resguardaría las libertades esenciales de Chile, era ampliamente superada ya que, en lo principal, la desigualdad social, solo era posible terminarla, “eliminando la economía capitalista”, o economía libre, materia esta, no expresada en la referida Reforma Constitucional. En los hechos, la “administración” que se ejercía en esta Ley Fundamental, contempló principios ideológicos, no escritos, pero si permisivos, por cuanto, lo reiteramos, el Estado de Derecho, solo era posible en la medida que no existiere economía libre, responsable de la desigualdad.
Las bases para el desarrollo de una Economía Social de Mercado, doctrina imperante en Chile y que se ubica en el ámbito más cercano de la Social Democracia en materia económica, contempla dos fundamentos esenciales: Un Estado, eficiente, transparente y oportuno y una sociedad, dotada de una institucionalidad que apoye su imaginación creadora. Ambos asuntos básicos. A partir de la necesaria igualdad de oportunidades, principio esencial, que da origen a la diversidad social, estructura propia de la manifestación humana en un estado libre. Hoy se prepara para, ”las urgencias”, constitucionales, igual que la misma “urgencia” de 1970. ¿Nuevo fracaso
Pareciera que definitivamente, hay que votar que No en el próximo plebiscito. Las urgencias constitucionales, siempre han terminado mal.