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Una excelente noticia dio a conocer este jueves el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) respecto al Subsidio de Arriendo dirigido especialmente a la clase media.

El beneficio se encuentra dentro del paquete de medidas que implementó el Gobierno buscando paliar los efectos económicos de la crisis sanitaria por el Covid-19.

De acuerdo a lo informado oficialmente, el plazo para postular se extendió hasta el próximo 24 de septiembre, en busca de poder otorgar el beneficio a más familias.

«La idea es que 60 mil de esas 100 mil estén ubicadas en regiones, y tuvimos tantas postulaciones, que decidimos poder ampliar el plazo de postulación hasta el 24 de septiembre», dijo el titular del Minvu, Felipe Ward.

Según se ha informado, el beneficio entrega hasta $250 mil a las familias para que cubran el ítem de arriendo, con un valor de arriendo que no sobrepase los $600 mil.

En concreto, el Estado financia hasta el 70% del valor de la cuota mensual de arriendo, calculadas en base al contrato que se debe adjuntar, hasta por tres meses.

Quienes deseen postular, deben hacerlo a través de la página del Minvu ingresando con la Clave Única o simplemente con la cédula de identidad (RUT + número de documento).

Requisitos:

  • Puedes postular con o sin Registro Social de Hogares (RSH)
  • Demostrar pérdida de empleo o baja de más del 30% de ingresos
  • Estar arrendando una vivienda actualmente
  • Adjuntar los documentos de postulación

Documentos de postulación

  1. Acreditación de cesantía o baja de más del 30% en los montos de ingresos (1 o más):
    • Finiquito del contrato de trabajo.
    • Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
    • Tres liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios (o bien modificación del contrato de trabajo y/o cualquier otro documento en el que conste la modificación de las condiciones laborales).
    • Informe de los seis últimos meses de boletas de honorarios emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
  2. Contrato de arrendamiento actual:
    Puede ser:
    • Firmado por el arrendador y el arrendatario, adjuntando una declaración jurada simple de ambos.
      Declaración Jurada simple
    • Firmado ante Notario Público.Contrato de arriendo debe:
    • Establecer el arrendamiento por el monto definido en el subsidio ($600.000 máximo)
    • Tener fecha de firma hasta el 31 de mayo de 2020. (No se aceptarán contratos firmados en una fecha posterior)
    • Individualizar al arrendatario y al arrendador (nombres y cédula de identidad)
  3. Declaración jurada firmada por el arrendador mediante formato tipo del Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, esta cuenta con recepción municipal y no se encuentra sujeta a embargo.Ademas, se compromete a participar en el llamado.

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